Les confirmamos que únicamente se
ha compensado, y en consecuencia presentado, un importe neto en las cuentas
anuales de aquellos activos y pasivos financieros, e impuestos corrientes y
diferidos, respecto de los cuales la entidad tiene el derecho exigible de
compensar los importes reconocidos y la intención de liquidar las cantidades
por el neto o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.